
Madrid con perro: áreas caninas, Casa de Campo, Metro
Madrid funciona a base de áreas valladas. La Casa de Campo no es un pipicán gigante.
Madrid funciona a base de áreas caninas valladas y de un horario de suelta en parques. La correa es la regla en la calle. La ordenanza municipal lo escribe, no una ley nacional de parques. Un pipicán de distrito no abre la Casa de Campo. El Retiro no es un área canina gigante porque tenga césped. El Metro tiene su propio reglamento.
Tres textos en el mismo paseo
Primera capa: la Ordenanza Reguladora de la Tenencia y Protección de los Animales, de 26 de julio de 2001, actualizada. Los artículos 10 y 11 fijan correa, bozal y el horario de suelta en parques. En vía pública, cadena o cordón resistente. El perro no deambula solo.
Segunda capa: la Ley 4/2016 de la Comunidad de Madrid. Identificación en el RIAC, obligaciones del titular, y el seguro «en los casos que se determinen reglamentariamente». El Ayuntamiento de Madrid exige seguro, licencia y registro para los potencialmente peligrosos. No conviertas esa capa en un deber nacional de seguro para todos los perros: la Ley 7/2023 lo prevé, pero el reglamento estatal sigue pendiente.
Tercera capa: el titular del recinto. Metro de Madrid, un jardín histórico, una comunidad de vecinos. El cartel de la estación no está en la ordenanza del parque.
Los PPP, en lugares públicos, van siempre con correa de menos de dos metros y bozal. El horario de suelta no les alcanza. Tampoco el área canina, si la norma de PPP no abre esa excepción.
El recinto: área canina
El Ayuntamiento dispone de áreas caninas acotadas en los 21 distritos. Son recintos, no prados. El Geoportal y el portal de datos abiertos publican la localización, la superficie y si hay elementos de juego. Esa es la lista viva. No hay un top cinco municipal.
Dentro, el perro puede ir suelto. El titular sigue obligado a controlarlo, a recoger y a no infundir temor. Fuera de la portezuela, correa. Una plaza anexa no es el área. Un camino que pasa junto a la valla, tampoco.
El pipicán de barrio, si está en esa lista, es un área canina pequeña. Si no está, es un recinto sin estatuto o un cierre de otro uso. Comprueba el mapa, no el nombre que le da el vecino.
El parque no es el recinto
Con carácter general, el perro transita por los parques con correa. La excepción es el tramo horario de la ordenanza, en la mayoría de los parques que conserva el Ayuntamiento: de 19 a 10 h en invierno y de 20 a 10 h en verano, sin perjuicio del cierre de cada recinto. Quedan fuera las zonas de recreo infantil, las de mayores y cualquier área con prohibición expresa. En el resto de horas, correa.
El Retiro es un parque. No es un pipicán. En el horario de suelta, si el cartel del recinto no dice otra cosa, la ordenanza permite el perro suelto en las zonas que no están vedadas. Fuera de ese tramo, atado. Las zonas infantiles siguen cerradas al perro a cualquier hora.
La Casa de Campo no es un pipicán gigante. Es un parque histórico de gran superficie, con fauna, caminos y, donde el ayuntamiento las ha acotado, áreas caninas. Un pinar o una pradera sin señal de área canina no es suelta libre todo el día. Aplica el horario de parques y jardines, y el cartel del acceso.
Tres recintos no admiten mascotas: el jardín histórico El Capricho de la Alameda de Osuna, la Quinta de Torre Arias y la plataforma baja de los Jardines de Sabatini. El Ayuntamiento lo dice con nombres. Un parque famoso no es, por ser famoso, zona de suelta.
Prohibido el baño en fuentes y estanques, y beber del caño de uso público. El control, también en el horario de suelta: el perro a la vista, a distancia de intervención.
Errores típicos
Tomar cualquier césped por área canina. El área está vallada y en el mapa municipal. El césped es parque, y el parque tiene horario.
Soltar un PPP porque el recinto está cerrado. La norma de PPP es adicional y permanente en lugar público.
Entrar en la zona infantil «un momento». El acceso está prohibido, atado o suelto.
Llevar a Barcelona el horario de Madrid, o al revés. Barcelona exige correa salvo AP, AEP y ZUC. Madrid permite la suelta nocturna en la mayoría de sus parques. Son dos ordenanzas.
Tratar la Casa de Campo o el Retiro como suelta continua. Son tipos de parque, no excepciones para ir sin correa todo el día.
Fiarse de una app que marca «dog park» en una pradera. Eso es trabajo de mapeadores. La fuente es el Geoportal y el cartel.
Metro
Desde 2016 el Reglamento de Viajeros permite el perro en Metro de Madrid. Condiciones publicadas por el Consorcio y por el propio Metro: microchip; un perro por viajero; bozal; correa de 50 cm como máximo, extensible o no; último coche; sin asiento; ascensor si no se obstaculiza; nunca escalera mecánica ni pasillo rodante. Se puede limitar el acceso por aglomeración o por seguridad.
Horario: de lunes a viernes, todo el servicio salvo 7:30-9:30, 14:00-16:00 y 18:00-20:00. En julio, agosto, fines de semana y festivos no hay ese corte. Metro publica el horario vigente.
Los animales domésticos de pequeño tamaño pueden viajar en un receptáculo del que no puedan escapar, si no molestan. Un perro pequeño en transportín entra en esa vía si el receptáculo vale; el personal lo valora. El reglamento no fija un peso de 10 kg. El Consorcio indicó que el perro no añade coste.
El perro de asistencia tiene su propia ley autonómica, la Ley 2/2015, y no se rige por este párrafo.
Qué mirar antes de soltar
El cartel del acceso: área canina, horario de parque, prohibido. El mapa de áreas caninas del Ayuntamiento, no una lista de ocio. La ficha «Los perros en los parques de Madrid» y las normas para titulares, ambas en madrid.es. Si subes al Metro, el reglamento del operador.
Lleva bolsa. Recoge. El perro, a la vista. El pipicán del distrito no convierte en suelta el resto del distrito.
Mira el cartel y el mapa que publica el Ayuntamiento de Madrid. La página de España está en frihund.eu/es.
Fuentes
- Ayuntamiento de Madrid — Normas para titulares y responsables de animales de compañía
- Ayuntamiento de Madrid — Los perros en los parques de Madrid
- Sede electrónica de Madrid — Ordenanza Reguladora de la Tenencia y Protección de los Animales (26 de julio de 2001)
- Ayuntamiento de Madrid — Recogida de excrementos caninos
- Geoportal de Madrid — Áreas caninas
- Datos abiertos de Madrid — Áreas caninas
- BOE — Ley 4/2016 de Protección de los Animales de Compañía de la Comunidad de Madrid
- BOE — Ley 7/2023 de protección de los derechos y el bienestar de los animales
- CRTM — Acceso de perros a Metro de Madrid
- BOCM — Modificación del Reglamento de Viajeros del ferrocarril metropolitano (6 de julio de 2016)
- Ayuntamiento de Madrid / esmadrid — Cartel de acceso con perro a Metro de Madrid
